
Se interrumpirá la prescripción de las sanciones por la iniciación del procedimiento de ejecución, con conocimiento del interesado, volviendo a transcurrir dicho plazo si aquél estuviere paralizado durante más de tres meses por causa no imputable al infractor. O) La comisión de dos infracciones leves en el plazo de dos años, con sanción definitiva en vía administrativa. M) El impago de los premios que correspondieren a los participantes en los juegos. G) La negativa reiterada de los operadores u organizadores a facilitar la información que le sea requerida por la Comisión Nacional del Juego. E) El incumplimiento de los requerimientos de información o de cese de prestación de servicios previstos en esta Ley.
En una sección independiente de la web o aplicación del operador o difundirse en los establecimientos accesibles al público de los operadores designados para la comercialización de los juegos de loterías. La enmienda también contempla la incorporación en la Ley del Juego de las reglas para la difusión de comunicaciones comerciales en servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma y redes sociales, además del resto de condicionantes para el desarrollo de actividades de promoción del juego y la utilización de personas o personajes de relevancia o notoriedad pública en comunicaciones comerciales. Se modifica el artículo 7.2 de la Ley del Juego, con el objetivo de habilitar, con rango legal y mayor detalle, el desarrollo reglamentario permitido en términos de publicidad, promoción y patrocinio de actividades de juego en línea. Si bien la regulación proporciona la base legal para la protección de los jugadores, son la sensibilización y la educación las que previenen el daño. La política actual de España, especialmente con la iniciativa de comunicación de 2025, pone el énfasis en la prevención de problemas de conducta.
A) Las actividades de juego de loterías, apuestas y otras cualesquiera, en las que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables en cualquier forma, sobre resultados futuros e inciertos, y que permitan su transferencia entre los participantes, con independencia de que predomine en ellos el grado de destreza de los jugadores o sean exclusiva o fundamentalmente de suerte, envite o azar. La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado continuará sometida a un régimen de control público de su actividad dado el gran volumen de juego gestionado por esta y su extensa red comercial, de gran raigambre en la sociedad española desde hace más de 250 años. Por otra parte, la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), que desde 1938 se ha consolidado en España como una institución social singular en el objetivo de atención a las personas con discapacidad, seguirá manteniendo su singularidad jurídica en materia de juego en las actividades sujetas a reserva, tal y como se establece en las Disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de esta Ley.
D) En su caso, las condiciones y requisitos que hubieran de cumplirse para la comercialización en España de un juego de lotería de otro Estado. C) En su caso, las condiciones y requisitos para la comercialización en otros Estados del juego de lotería autorizado en España. El operador autorizado aportará además los acuerdos, contratos o convenios de colaboración o coordinación alcanzados con los operadores habilitados en otros Estados y aquellos otros que tuvieran por objeto la comercialización de sus juegos en otros Estados o la de los juegos de operadores habilitados en otros Estados en territorio español. B) El desarrollo, gestión y comercialización en otros Estados de los juegos de lotería comercializados en España. Transcurrido el plazo referido en el número anterior sin que el Consejo de la Comisión Nacional del Juego hubiera notificado el otorgamiento de la autorización, la solicitud se entenderá desestimada por silencio. F) Relación de los sistemas, equipos, aplicaciones e instrumentos técnicos que serán empleados para la explotación de la actividad y, en su caso, la intención de emplear terminales.
Las personas o entidades que soliciten la autorización deberán satisfacer las tasas correspondientes. La explotación de cada uno de los tipos de juego incluidos en el ámbito de cada licencia general requerirá el otorgamiento de una licencia singular de explotación. B) Obtener la licencia singular de explotación para cada modalidad y tipo de juego, siempre que reúnan los requisitos establecidos. E) El desarrollo de los concursos televisivos y las obligaciones de información sobre los requisitos esenciales del juego. B) Las personas que voluntariamente hubieren solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme. El Ministerio de Economía y Hacienda establecerá, por Orden Ministerial, la reglamentación básica para el desarrollo de cada juego o, en el caso de juegos esporádicos, las bases generales para la aprobación de su práctica o desarrollo.
La DGOJ es la Dirección General de Ordenación del Juego. Es el organismo con mayor influencia en la gestión de todas las actividades de iGaming en España. Depende del Ministerio de Consumo y aplica la legislación española en materia de juego. Como cualquier otro mercado, el mercado online industria del casino También requiere licencias y cumplimiento de regulaciones para administrar un negocio exitoso sin problemas. Estas medidas buscan promover el juego responsable y mitigar el riesgo de adicción entre los usuarios. Los operadores deben asegurarse de que todos estos métodos, incluyendo los casinos con Apple Pay, cumplan con las normativas establecidas por la DGOJ, garantizando así la protección del usuario y la transparencia en las transacciones.
Solo podrán emitir comunicaciones de juego de operadores las cuentas o canales cuya actividad principal sea ofrecer contenidos sobre juegos regulados por la Ley de Juego. Los ecosistemas sostenibles de juego responsable dependen de la cooperación entre los reguladores, los investigadores académicos y la industria privada. España ha fomentado activamente este modelo de colaboración multilateral, donde ha promovido una cooperación que combina la supervisión regulatoria con el análisis basado en datos. Las plataformas con licencia deben ofrecer métodos de pago seguros y permitir transacciones transparentes y auditadas.
La Comisión Nacional del Juego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo citado en el número anterior, podrá establecer límites a la cuantía de los premios obtenidos en los juegos sometidos a autorización. Dicha limitación podrá establecerse con carácter general, mediante la oportuna disposición, o en la resolución de otorgamiento de la autorización. D) Declaración indicando los sistemas técnicos de los que dispondrá para el desarrollo de las actividades de juego objeto de la licencia, junto a la documentación acreditativa que resultare pertinente. El Consejo de la Comisión Nacional del Juego resolverá sobre el otorgamiento o denegación de las licencias generales y singulares en el plazo de seis meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro correspondiente.
4.º La imposición como sanción en el correspondiente procedimiento sancionador. E) Los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta. A) Los menores de edad y los incapacitados legalmente o por resolución judicial, de acuerdo con lo que establezca la normativa civil. B) Las condiciones y requisitos para la celebración de sorteos, cuando procedan y la fijación del número de los mismos. A los efectos de la presente definición, no se entenderán por concurso aquellos programas en los que aún existiendo premio el concursante no realice ningún tipo de desembolso económico para participar, ya sea directamente o por medio de llamadas telefónicas, envío de mensajes de texto o cualquier otro procedimiento electrónico, informático o telemático, en el que exista una tarificación adicional.
La Comisión Nacional del Juego, en el plazo de treinta días contados desde el siguiente a aquél en que le sea notificada la autorización para la comercialización de los juegos de lotería o la modificación de una autorización inscrita, procederá a su inscripción o modificación, a efectos de mera publicidad, en la Sección Especial de Autorizaciones de juegos de lotería del Registro General de Licencias de Juego. El operador legalmente designado para la comercialización de los juegos de lotería solicitará al titular del Ministerio de Economía y Hacienda la autorización correspondiente o, en casino movil bono sin deposito su caso, la modificación de la ya inscrita. Emitido en plazo el informe definitivo favorable de certificación de los sistemas técnicos de juego, el operador lo trasladará a la Comisión Nacional del Juego para su valoración. Si la valoración del informe fuera positiva, la Comisión Nacional del Juego concederá la homologación y modificará de oficio la inscripción provisional de la licencia singular que pasará a ser definitiva y se publicará en la página web de la Comisión Nacional del Juego.
A) Las funciones a desarrollar y, en su caso, las facultades decisorias correspondientes a las competencias que asume de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos, y cualesquiera otras que se le atribuyan. Disposición final sexta. Modificación de la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
F) Mediante separación acordada por el Gobierno por incumplimiento grave de los deberes de su cargo o el incumplimiento de las obligaciones sobre incompatibilidades, conflictos de interés, y del deber de reserva. La separación será acordada con independencia del régimen sancionador que en su caso pudiera corresponder y se adoptará por iniciativa del Gobierno, previa instrucción de expediente por el titular del Ministerio de Economía y Hacienda. Durante los dos años posteriores a su cese, el Presidente y los Consejeros no podrán ejercer actividad profesional privada alguna relacionada con el sector del juego, tanto en empresas del sector como para empresas del sector. El Presidente y los consejeros serán nombrados por el Gobierno, mediante Real Decreto, a propuesta del titular del Ministerio de Economía y Hacienda, entre personas de reconocido prestigio y competencia profesional, previa comparecencia oportuna de las personas propuestas como Presidente y Consejeros ante la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados, que versará sobre la capacidad de los candidatos.
2025年11月27日